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Articulo 47 Reglamento orgánico de la Consejería de Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad

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Artículo 47. Competencias en materia de asistencia jurídica, asesoramiento, representación y defensa en juicio de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma.

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En materia de asistencia jurídica, asesoramiento, representación y defensa en juicio de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma corresponden al Consejero o Consejera las competencias siguientes:

a) La propuesta al Gobierno de aprobación de las disposiciones generales de Organización y Funcionamiento del Servicio Jurídico del Gobierno de Canarias.

b) La resolución y, en su caso, la propuesta al Gobierno, de las mociones y propuestas formuladas por la Viceconsejería de los Servicios Jurídicos en relación a su estructura, funcionamiento y coordinación y, en general, sobre cuestiones jurídicas que afecten a la Comunidad Autónoma.

c) Las demás que le atribuye el Reglamento de Organización y Funcionamiento del Servicio Jurídico del Gobierno de Canarias.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 25-03-2021 en vigor desde 26-03-2021