Articulo 47 Reglamento pa...shabitadas

Articulo 47 Reglamento para la movilización de viviendas vacías y deshabitadas

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Artículo 47. Ejecución forzosa

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Las resoluciones declarativas de viviendas deshabitadas son inmediatamente ejecutivas, salvo en los supuestos en que se suspenda la ejecución de acuerdo con la ley, o cuando la Constitución o la ley exijan la intervención de un órgano judicial.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 11-10-2021 en vigor desde 31-10-2021