Articulo 47 Planificación...de Galicia

Articulo 47 Planificación, las medidas de coordinación y la actuación de voluntarios, agrupaciones de voluntarios y entidades colaboradoras en materia de protección civil de Galicia

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Artículo 47º.-Convocatoria.

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La comisión será convocada cuando lo consideren conveniente su presidente o la mayoría de sus miembros.

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  • Texto Original. Publicado el 29-03-2000 en vigor desde 29-03-2000