Articulo 47 Pesca sosteni...n pesquera

Articulo 47 Pesca sostenible e investigación pesquera

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Artículo 47. Objetivos de la investigación pesquera y oceanográfica.

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La investigación pesquera y oceanográfica, en el ámbito de la política de pesca marítima, tiene como objetivos esenciales:

1. La evaluación periódica del estado de los recursos pesqueros de interés para las flotas españolas y para el medio marino.

2. El conocimiento a nivel de ecosistema de las condiciones del medio marino y de sus relaciones con los recursos pesqueros, así como factores climáticos.

3. El conocimiento de la biología de las especies marinas y de sus interacciones a nivel de ecosistema.

4. La evaluación del impacto generado en los ecosistemas marinos y la biodiversidad por la actividad pesquera y acuícola, incluidas las especies marinas protegidas por la legislación nacional, comunitaria e internacional, así como por el resto de actividades humanas, incluyendo los efectos del cambio climático.

5. Disponer de los conocimientos necesarios para orientar las distintas actuaciones de la Administración en relación con los recursos pesqueros.

6. La búsqueda de nuevos recursos pesqueros de interés susceptibles de aprovechamiento.

7. La búsqueda de nuevos sistemas de explotación de los recursos pesqueros más sostenibles y respetuosos con el medio marino.

8. El estudio, seguimiento y evaluación de zonas de protección pesquera.

9. El estudio del impacto socioeconómico de las medidas de protección de los recursos pesqueros mediante el desarrollo de herramientas de modelización bioeconómicas que faciliten la toma de decisiones con el fin de alcanzar la sostenibilidad ambiental, social y económica a largo plazo de las comunidades autónomas costeras.