Articulo 46 Estadística de Cantabria
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»Artículo 46. Infracciones y responsables.
Vigente
1. El incumplimiento de las obligaciones contenidas en la presente Ley, así como en las normas que la complementen o desarrollen, en los términos previstos por el artículo 129.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, constituyen infracción administrativa en materia de estadística en la Comunidad Autónoma de Cantabria.
2. Se consideran responsables de las infracciones reguladas en esta Ley las personas físicas o jurídicas a quienes resulte imputable la acción u omisión constitutiva de la infracción. Las personas jurídicas responderán del pago de las sanciones impuestas como consecuencia de las infracciones cometidas por sus órganos, empleados o agentes.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 17-10-2005 en vigor desde 06-11-2005