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Articulo 45 áreas empresariales de Galicia

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Artículo 45. Vigencia

Vigente

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Los planes estructurantes de ordenación del suelo empresarial tienen vigencia indefinida, sin perjuicio de su posible modificación y sin que les sea de aplicación la figura de la caducidad regulada en la legislación de ordenación del territorio.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 21-10-2022 en vigor desde 10-11-2022