Articulo 44 TR. de las disposiciones legales de galicia en materia de política industrial
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Vigente
Cada dos años, se le remitirá al Parlamento de Galicia una memoria que contenga las actuaciones realizadas por el personal inspector y por las entidades legalmente habilitadas.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 09-07-2015 en vigor desde 10-07-2015