Articulo 44 Prevención y Lucha contra los Incendios Forestales
Articulo 44 Prevención y ...Forestales

Articulo 44 Prevención y Lucha contra los Incendios Forestales

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 44. Obligatoriedad.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


La elaboración de los planes previstos en el artículo 43 tendrá carácter obligatorio en los términos previstos en esta Ley y demás normativa aplicable.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 29-06-2004 en vigor desde 30-06-2004