Articulo 44 Desarrollo de...limentaria

Articulo 44 Desarrollo de la Ley 14/2003, de calidad agroalimentaria

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Artículo 44. Obligaciones de las entidades de control y certificación para DOP o IGP.

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Las obligaciones de las entidades de control y certificación son las que se determinan en el artículo 84 de este Decreto.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 06-07-2006 en vigor desde 26-07-2006