Articulo 438 Reglamento general de la Ley 2/2014, de ordenación y uso del suelo, para la isla de Mallorca
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»Artículo 438. Residuos de la reposición
Vigente
Los residuos resultantes de la reposición deberán recibir el tratamiento previsto en la normativa estatal e insular que regula la producción y la gestión de los residuos de construcción y de demolición.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 30-04-2015 en vigor desde 30-05-2015