Articulo 437 Reglamento general de la Ley 2/2014, de ordenación y uso del suelo, para la isla de Mallorca
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»Artículo 437. Desconexión de los servicios
Vigente
1. La ejecución subsidiaria de la orden de reposición implicará desconectar de las redes de servicios a la edificación, la construcción o la instalación, excepto cuando se trate de eliminar sólo una parte de ésta y el suministro pueda mantenerse para la restante.
2. La administración actuante podrá requerir a tal efecto la colaboración de las empresas suministradoras, que deberán interrumpir obligatoriamente los suministros que puedan existir.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 30-04-2015 en vigor desde 30-05-2015