Articulo 42 Ordenación de... y Melilla

Articulo 42 Ordenación de la educación del alumnado con necesidad de apoyo educativo y servicios de orientación educativa en las ciudades de Ceuta y Melilla

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Artículo 42. Profesores encargados de realizar el apoyo educativo en educación secundaria obligatoria.

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El apoyo educativo de los alumnos de educación secundaria obligatoria que se encuentren en situación de desventaja socioeducativa será realizado por los profesores que impartan las materias correspondientes y, en el caso de los grupos a los que se refieren los artículos 40 y 41 de esta Orden, por profesores de la especialidad correspondiente de los cuerpos docentes que desempeñen sus funciones en la educación secundaria obligatoria, sin perjuicio de lo establecido en la Disposición adicional séptima de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 06-04-2010 en vigor desde 06-04-2010