Articulo 42 Estadística de Cantabria
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Artículo 42. De los empleados públicos y agentes encargados de recoger información estadística de interés.

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Los empleados públicos y los agentes encargados de recoger información estadística de interés de la Comunidad Autónoma de Cantabria mostrarán a las personas obligadas a proporcionar información una credencial que les acredite para esta función.

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  • Texto Original. Publicado el 17-10-2005 en vigor desde 06-11-2005