Articulo 41 Sistema de Pr... de Aragón

Articulo 41 Sistema de Protección Civil y Gestión de Emergencias de Aragón

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 41. Mapa de riesgos de Aragón.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


1. El mapa de riesgos de Aragón formará parte del Plan Territorial de Protección Civil de Aragón y en él se determinarán las distintas zonas territoriales, señalando, describiendo, calificando y localizando en cada una los riesgos relevantes en las que se presenta cada riesgo. Estará integrado por el conjunto de mapas de riesgos con plan especial de protección civil y los mapas de los restantes riesgos identificados.

2. El mapa de riesgos de Aragón se elaborará por el departamento competente en materia de protección civil y contará con la colaboración de los órganos de los diferentes sectores públicos especializados en cada riesgo concreto.

3. Del mapa de riesgos de Aragón se dará traslado al Instituto Geográfico de Aragón a los efectos de elaboración de la cartografía oficial de Aragón.

4. Los mapas de riesgos se tendrán en cuenta para la graduación de las actuaciones preventivas reguladas en el artículo 10.3 y en la ordenación territorial y urbanística recogida en el artículo 46.