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Articulo 41 Reglamento de actuaciones arqueológicas

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Artículo 41. Carta Arqueológica de la Comunitat Valenciana

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1. La Carta Arqueológica es el registro sistemático de los lugares, sitios y ámbitos de interés arqueológico de la Comunitat Valenciana. Está integrada por los bienes de naturaleza arqueológica inscritos en el Inventario General del Patrimonio Cultural Valenciano, por los yacimientos y sitios arqueológicos documentados, incluidas las áreas de vigilancia arqueológica, y por aquellos lugares donde se hayan producido hallazgos casuales de interés relevante.

2. La conselleria competente en materia de cultura será la encargada de la gestión y continua actualización de los datos de la Carta Arqueológica de la Comunitat Valenciana, que se constituye como instrumento para la identificación, investigación y protección de los bienes arqueológicos.

3. La inclusión de un sitio, lugar o ámbito en la Carta Arqueológica le otorgará automáticamente la presunción de existencia de restos arqueológicos conforme a lo dispuesto en el artículo 62 de la Ley 4/1998.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 26-10-2017 en vigor desde 26-01-2018