Articulo 41 Asistencia jurídica gratuita de Madrid
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»Artículo 41. Ámbito
Vigente
La regulación de este capítulo se refiere a la asistencia pericial gratuita, prestación incluida en el contenido material del derecho de asistencia jurídica gratuita conforme a lo establecido por el artículo 6, número 6, de la Ley 1/1996, de 10 de enero.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 24-06-2003 en vigor desde 25-06-2003