Articulo 40 Sistema de Protección Civil y Gestión de Emergencias de Aragón
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»Artículo 40. Catálogo de riesgos en Aragón.
Vigente
1. El Plan Territorial de Protección Civil de Aragón contendrá el catálogo de riesgos de Aragón.
2. En el catálogo se incluirán los riesgos naturales, tecnológicos y antrópicos que puedan producir emergencias de protección civil.
3. El catálogo de riesgos determinará, a los efectos de planificación, cuáles de estos riesgos son de interés nacional o autonómico.
4. Se establecerá reglamentariamente el procedimiento para su elaboración, contenido y revisión.