Articulo 40 Juventud de Aragón

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Artículo 40.- Juventud y sociedad de la información.

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El Gobierno de Aragón fomentará el acceso de la juventud a las tecnologías de la información y la comunicación, prestando especial atención a la disponibilidad de recursos tecnológicos en igualdad de condiciones en los distintos territorios que conforman Aragón.

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  • Texto Original. Publicado el 10-04-2015 en vigor desde 11-04-2015