Articulo 40 Juventud de Aragón
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»Artículo 40.- Juventud y sociedad de la información.
Vigente
El Gobierno de Aragón fomentará el acceso de la juventud a las tecnologías de la información y la comunicación, prestando especial atención a la disponibilidad de recursos tecnológicos en igualdad de condiciones en los distintos territorios que conforman Aragón.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 10-04-2015 en vigor desde 11-04-2015