Articulo 4 Reglamento gen...e Mallorca

Articulo 4 Reglamento general de la Ley 2/2014, de ordenación y uso del suelo, para la isla de Mallorca

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Artículo 4. Desarrollo urbanístico sostenible

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Las políticas públicas de la actividad urbanística a que se refiere el artículo 3, de acuerdo con el principio de desarrollo sostenible, deben propiciar el uso racional de los recursos naturales y armonizar los requerimientos de la economía, la ocupación, la cohesión social, la igualdad de trato y de oportunidades, la salud y la seguridad de las personas y la protección del medio ambiente, para contribuir al logro de los objetivos que en particular se señalan en la LOUS y en este Reglamento.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 30-04-2015 en vigor desde 30-05-2015