Articulo 4 Patrimonio histórico de I. Balears
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»Artículo 4. Colaboración de la Iglesia católica.
Vigente
1. La Iglesia católica, como titular de una parte muy importante del patrimonio histórico, velará por la protección, la conservación y la difusión de este patrimonio y, con esta finalidad, colaborará con las distintas administraciones públicas de las Illes Balears.
2. Una comisión mixta entre el consejo insular correspondiente y la Iglesia católica deberá establecer el marco de colaboración y de coordinación entre las dos instituciones y hacer su seguimiento.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 29-12-1998 en vigor desde 30-12-1998