Articulo 4 Control metrol... de medida

Articulo 4 Control metrológico del Estado de determinados instrumentos de medida

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Artículo 4. Software.

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Los requisitos aplicables al software legalmente relevante se establecen en el anexo IV del Real Decreto 244/2016, de 3 de junio, y, en su caso, en el anexo específico de cada instrumento.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 24-02-2020 en vigor desde 24-10-2020