Articulo 39 Reglamento orgánico de la Consejería de Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»Artículo 39. Competencias en materia de formación y perfeccionamiento del personal al servicio de las Administraciones Públicas de Canarias.
Vigente
En materia de formación del personal al servicio de las Administraciones Públicas de Canarias, corresponde al Consejero o Consejera la dirección, coordinación y planificación de la política de formación y perfeccionamiento del personal.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 25-03-2021 en vigor desde 26-03-2021