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Articulo 39 Reglamento orgánico de la Consejería de Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad

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Artículo 39. Competencias en materia de formación y perfeccionamiento del personal al servicio de las Administraciones Públicas de Canarias.

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En materia de formación del personal al servicio de las Administraciones Públicas de Canarias, corresponde al Consejero o Consejera la dirección, coordinación y planificación de la política de formación y perfeccionamiento del personal.

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  • Texto Original. Publicado el 25-03-2021 en vigor desde 26-03-2021