Articulo 39 Procedimiento...nsolvencia

Articulo 39 Procedimientos de insolvencia

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Artículo 39. Control jurisdiccional de la resolución de apertura del procedimiento de insolvencia secundario

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El administrador concursal del procedimiento de insolvencia principal podrá impugnar la resolución de apertura de un procedimiento de insolvencia secundario ante los órganos jurisdiccionales del Estado miembro en el que este se haya abierto por el motivo de que el órgano jurisdiccional de que se trate no haya cumplido las condiciones y los requisitos del artículo 38.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 05-06-2015 en vigor desde 25-06-2015