Articulo 39 Escuela Pública Vasca

Articulo 39 Escuela Pública Vasca

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 39.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


El reglamento de organización y funcionamiento de cada centro articulará la participación de los alumnos, a través de figuras tales como delegado de curso, juntas de delegados, comités para fines o actividades específicas u otras de carácter análogo.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 25-02-1993 en vigor desde 26-02-1993