Articulo 383 Reglamento de la Ley 2/2016, del suelo
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»Artículo 383. Ejecutividad y ejecución voluntaria
Vigente
Las órdenes de reposición de la legalidad urbanística serán ejecutivas desde el momento en que se dictan.
Las personas obligadas tienen que disponer de un plazo para ejecutarlas voluntariamente de conformidad con lo que establece la legislación vigente.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 09-11-2016 en vigor desde 09-12-2016