Articulo 38 Ordenación de... y Melilla

Articulo 38 Ordenación de la educación del alumnado con necesidad de apoyo educativo y servicios de orientación educativa en las ciudades de Ceuta y Melilla

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Artículo 38. Maestros encargados de realizar el apoyo educativo en educación primaria.

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El apoyo educativo de los alumnos que se encuentren en situación de desventaja socioeducativa será realizado por el maestro tutor del grupo con el apoyo de otro maestro y, en el caso de los grupos a los que se refiere el artículo anterior, por maestros que no sean tutores de un grupo ordinario de alumnos, preferentemente titulados o, en su caso, habilitados para la especialidad de Primaria.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 06-04-2010 en vigor desde 06-04-2010