Articulo 38 Integral de la juventud

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Artículo 38. La Red Balear de Servicios de Información Joven (Infojove).

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1. Para asegurar la canalización correcta de la información juvenil, en el ámbito territorial de las Illes Balears existe la Red Balear de Servicios de Información Joven (Infojove), que se constituye por el conjunto de actividades de información, de orientación y de asesoramiento dirigidas a los jóvenes y prestadas directamente al público, promovidas y desarrolladas por entidades públicas o privadas cuyo objeto coincida con las acciones descritas, previamente reconocidas y censadas oficialmente.

La Red Balear de Servicios de Información Joven (Infojove) estará gestionada por el Gobierno de las Illes Balears junto con los consejos insulares a los que se hayan transferido las competencias de juventud.

2. La información, la orientación y el asesoramiento que se presten por medio de los servicios de información joven tienen que versar sobre todas las materias que sean de interés para los jóvenes y las jóvenes que no sean constitutivas de delito, y no pueden establecerse discriminaciones o limitaciones de ninguna índole.

3. La Red Balear de Servicios de Información Joven se integra por:

  1. El Centro Balear de Información y Documentación para la Juventud.

  2. Los centros de información joven.

  3. Los puntos de información joven.

  4. Las unidades de información joven.

  5. Las asesorías para jóvenes.

4. El reconocimiento, los objetivos, las funciones y los requisitos y las condiciones de funcionamiento de estos servicios tienen que determinarse reglamentariamente.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 03-08-2006 en vigor desde 03-10-2006