Articulo 38 Facilitación de la actividad económica
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»Artículo 38. Gestión, liquidación y recaudación de las tasas y los precios públicos de la Generalidad
Vigente
De acuerdo con la normativa relativa a tasas y precios públicos, se atribuye a las oficinas de gestión empresarial la gestión, liquidación y recaudación de las tasas relativas a los servicios o actividades grabados de competencia de la Generalidad tramitados por la Ventanilla Única Empresarial.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 31-12-2020 en vigor desde 20-01-2021