Articulo 36 Sistema de Pr... de Aragón

Articulo 36 Sistema de Protección Civil y Gestión de Emergencias de Aragón

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Artículo 36. De la coordinación del Gobierno de Aragón.

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1. El Gobierno de Aragón velara por la homogeneidad en la prestación del Servicio de extinción de incendios y salvamento.

2. A través de la Academia Aragonesa de Bomberos, establecerá la formación y conocimientos básicos y de especialización de los integrantes de los Servicios de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento de Aragón.