Articulo 36 Reglamento orgánico de la Consejería de Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad
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Artículo 36. Competencias en materia de publicaciones oficiales de la Administración Pública autonómica.

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En materia de publicaciones oficiales de la Administración Pública autonómica, corresponden al Consejero o Consejera las competencias siguientes:

a) La propuesta o aprobación de las disposiciones de carácter general en materia de publicaciones oficiales.

b) El establecimiento de los criterios generales de edición, distribución y comercialización de publicaciones oficiales.

c) La coordinación del programa editorial de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma.

d) La modificación de la cuantía de los precios públicos por la adquisición por terceros de las publicaciones no periódicas que se editen por la Consejería, en los términos establecidos en el Texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad Autónoma de Canarias, aprobado por Decreto Legislativo 1/1994, de 29 de julio, o norma que lo sustituya, previo informe vinculante de la Consejería competente en materia de hacienda.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 25-03-2021 en vigor desde 26-03-2021