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Articulo 36 Prevención, Asistencia e Incorporación Social en Materia de Drogodependencias

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Artículo 36. Comisión Regional de Acreditación, Evaluación y Control de Centros o Servicios de Tratamiento con Agonistas Opiáceos a personas dependientes de los mismos (Comisión de Tratamiento con Opiáceos).

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1. La Comisión Regional de Acreditación, Evaluación y Control de Centros o Servicios de Tratamientos con Agonistas Opiáceos a personas dependientes de los mismos (Comisión de Tratamiento con Opiáceos), creada y regulada por la Orden de 15 de mayo de 1990, de la Consejería de Sanidad y Bienestar Social, publicada en el «Boletín Oficial de Cantabria» de 29 de mayo, constituye el órgano regulador de los tratamientos con opiáceos en la Comunidad Autónoma de Cantabria.

2. Su composición, facultades y régimen de funcionamiento serán las recogidas en la mencionada Orden y en la Corrección de errores publicada en el «Boletín Oficial de Cantabria» de 28 de junio de 1990.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 14-11-1997 en vigor desde 15-11-1997