Articulo 36 Juventud de Aragón

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Artículo 36.- Juventud, ocio y tiempo libre.

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El Gobierno de Aragón adoptará medidas concretas encaminadas a ampliar la dimensión y la calidad de la oferta de actividades de ocio y tiempo libre dirigidas a la población joven, garantizando su seguridad.

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  • Texto Original. Publicado el 10-04-2015 en vigor desde 11-04-2015