Articulo 35 Prevención y lucha contra plagas, el uso sostenible de productos fitosanitarios, la inspección de equipos para su aplicación y se crea el censo de equipos de aplicación de productos fitosanitarios
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»Artículo 35. Creación, adscripción y carácter.
Vigente
1. Se crea el Censo de Equipos de Aplicación de Productos Fitosanitarios a inspeccionar de Andalucía (en adelante CEIA), adscrito a la Consejería competente en materia de agricultura, que será gestionado por las Delegaciones Territoriales correspondientes.
2. El CEIA tendrá carácter público y el acceso a sus datos se regirá por lo dispuesto en el artículo 37 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 09-05-2016 en vigor desde 10-05-2016