Articulo 35 Prevención, A...pendencias

Articulo 35 Prevención, Asistencia e Incorporación Social en Materia de Drogodependencias

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Artículo 35. Comisión Regional sobre Drogas.

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1. Se constituirá una Comisión Regional sobre Drogas, presidida por el Consejero de Sanidad, Consumo y Bienestar Social, o persona en quien delegue, de la que formarán parte representantes de los Ayuntamientos de más de 20.000 habitantes, INSALUD, entidades privadas e instituciones con servicios o programas acreditados, representantes de las organizaciones sindicales y empresariales y del propio Gobierno de Cantabria, con la finalidad de coordinar actuaciones y programas.

2. Sus características, composición, funciones y régimen de funcionamiento se determinarán reglamentariamente.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 14-11-1997 en vigor desde 15-11-1997