Articulo 35 Prevención, Asistencia e Incorporación Social en Materia de Drogodependencias
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»Artículo 35. Comisión Regional sobre Drogas.
Vigente
1. Se constituirá una Comisión Regional sobre Drogas, presidida por el Consejero de Sanidad, Consumo y Bienestar Social, o persona en quien delegue, de la que formarán parte representantes de los Ayuntamientos de más de 20.000 habitantes, INSALUD, entidades privadas e instituciones con servicios o programas acreditados, representantes de las organizaciones sindicales y empresariales y del propio Gobierno de Cantabria, con la finalidad de coordinar actuaciones y programas.
2. Sus características, composición, funciones y régimen de funcionamiento se determinarán reglamentariamente.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 14-11-1997 en vigor desde 15-11-1997