Articulo 35 Ordenación fa...de Galicia

Articulo 35 Ordenación farmacéutica de Galicia

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Artículo 35. Procedimiento de otorgamiento de la autorización de instalación de nuevas oficinas de farmacia

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1. La autorización de instalación de nuevas oficinas de farmacia se otorgará por concurso público, el cual podrá ser de traslado o de nueva adjudicación. El concurso público de traslados habrá de ser convocado con carácter previo al concurso de nueva adjudicación.

2. Los concursos que se convoquen respetarán los principios de concurrencia competitiva, publicidad, transparencia, mérito y capacidad.

3. A aquellos/as profesionales que ya hubieran resultado adjudicatarios/as de una oficina de farmacia en un concurso público previo solo les serán computados en posteriores concursos a que se presenten, como méritos de experiencia profesional y de formación posgraduada, los que fuesen posteriores a la fecha de convocatoria del anterior concurso público.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 10-07-2019 en vigor desde 30-07-2019