Articulo 35 Marco para la... migración

Articulo 35 Marco para la interoperabilidad entre los sistemas de información de la UE en el ámbito de la cooperación policial y judicial, el asilo y la migración

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Artículo 35. Conservación de los datos en el detector de identidades múltiples

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Los expedientes de confirmación de identidad y los datos en ellos contenidos, incluidos los vínculos, se almacenarán en el DIM únicamente durante el tiempo en que los datos vinculados permanezcan almacenados en dos o más sistemas de información de la UE. Serán suprimidos del DIM de forma automatizada.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 22-05-2019 en vigor desde 11-06-2019