Articulo 35 Juventud de Aragón

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Artículo 35.- Juventud y deporte.

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El Gobierno de Aragón, en colaboración con las demás Administraciones públicas aragonesas, con entidades públicas o privadas y con entidades juveniles, fomentará la práctica del deporte entre la juventud en igualdad de oportunidades, como elemento contributivo a la sensibilización de las personas jóvenes en hábitos saludables.

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  • Texto Original. Publicado el 10-04-2015 en vigor desde 11-04-2015