Articulo 34 Reglamento orgánico de la Consejería de Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad
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»Artículo 34. Competencias en materia de inspección de los servicios.
Vigente
En materia de inspección de los servicios de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma, corresponde al Consejero o Consejera la planificación de la función inspectora de los servicios administrativos de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma, así como las demás que le atribuye el Reglamento de la Función Inspectora de la Inspección General de Servicios.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 25-03-2021 en vigor desde 26-03-2021