Articulo 34 Reglamento pa...za y Pesca

Articulo 34 Reglamento para el desarrollo y ejecución de la Ley de Caza y Pesca

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Artículo 34. Planes anuales de gestión.

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1. El responsable de la gestión del coto deberá presentar un plan anual de gestión ante el Departamento de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, de acuerdo con el formulario que para cumplimentar la información se establezca.

2. El plan anual de gestión se presentará antes del 1 de septiembre de cada año. El Departamento de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda podrá solicitar las aclaraciones oportunas a la información presentada o, en caso de desviaciones importantes respecto al Plan de Ordenación Cinegética, imponer modificaciones al mismo.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 16-07-2007 en vigor desde 17-07-2007