Articulo 34 Reforma del Estatuto de Autonomia de las Illes Balears
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»Artículo 34. Protección y fomento de la cultura.
Vigente
1. La Comunidad Autónoma tiene competencia exclusiva respecto de la protección y el fomento de la cultura autóctona y del legado histórico de las Illes Balears.
2. En el desarrollo de esta competencia podrá crear los organismos adecuados.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 01-03-2007 en vigor desde 02-03-2007