Articulo 34 Reforma del E...es Balears

Articulo 34 Reforma del Estatuto de Autonomia de las Illes Balears

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Artículo 34. Protección y fomento de la cultura.

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1. La Comunidad Autónoma tiene competencia exclusiva respecto de la protección y el fomento de la cultura autóctona y del legado histórico de las Illes Balears.

2. En el desarrollo de esta competencia podrá crear los organismos adecuados.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 01-03-2007 en vigor desde 02-03-2007