Articulo 33 Reglamento para el desarrollo y ejecución de la Ley de Caza y Pesca
Artículo 33. Vigencia del Plan de Ordenación Cinegética.
1. La vigencia máxima de los Planes de Ordenación Cinegética será de cinco años o, en su caso, hasta la finalización del coto o de la zona de la caza controlada si la vigencia de éstos fuera inferior. Si caducado el Plan de Ordenación Cinegética faltase como máximo dos años para la extinción del coto, la vigencia del Plan podrá prorrogarse hasta su extinción.
2. En el caso de no aprobación del Plan de Ordenación Cinegética presentado quedará prorrogada automáticamente la vigencia del Plan anterior durante un período máximo de un año a contar desde la fecha de finalización del Plan caducado.
3. No podrá prorrogarse la vigencia del Plan de Ordenación Cinegética cuando ya se hubiera prorrogado dicho Plan para ajustar su finalización con la finalización del acotado.
- Texto Original. Publicado el 16-07-2007 en vigor desde 17-07-2007