Articulo 33 Plan Vive
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Artículo 33. Objeto.

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Este programa tiene por objeto atender el pago de las ayudas consistentes en la subsidiación de las cuotas de préstamos cualificados o convenidos, obtenidos para la promoción de viviendas para el alquiler, acogidas a los programas previstos en anteriores planes autonómicos de vivienda, siempre que continúen cumpliendo los requisitos previstos en ellos para la obtención de dicha ayuda.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 03-07-2020 en vigor desde 04-07-2020