Articulo 33 Menorca Reserva de Biosfera
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Artículo 33. Objetivos referidos al buen estado de las aguas superficiales y subterráneas

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Tiempo de lectura: 3 min

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A fin de garantizar el buen estado cualitativo y cuantitativo de las aguas superficiales y subterráneas de la isla, las políticas de los poderes públicos, independientemente de quien tenga las competencias en cada caso, se aplicarán de acuerdo con los objetivos siguientes, en el marco de la regulación comunitaria, estatal, autonómica, insular y municipal, y en particular de la planificación hidrológica vigente en cada momento:

a) Lograr, en el plazo más breve posible, el buen estado ecológico y químico de las masas de agua superficial y el buen estado químico y cuantitativo de las masas de agua subterránea, y mantenerlos.

b) Garantizar la protección adecuada de los acuíferos, la recuperación de las zonas sobreexplotadas y la reducción progresiva de la concentración en los acuíferos de cualquier contaminante derivada de la actividad humana.

c) Garantizar la calidad y la cantidad del agua suministrada para cada uso.

d) Garantizar el equilibrio sostenible entre la extracción de los recursos del acuífero y su recarga.

e) Regular la explotación de los acuíferos afectados por la intrusión salina con el fin de recuperar su buen estado cualitativo.

f) Fomentar el ahorro en el consumo de agua mediante la promoción de medidas técnicas, políticas y económicas que incentiven el consumo razonable y penalicen su uso desmesurado. El Consejo Insular, en coordinación con los ayuntamientos, promoverá la redacción de un pacto por el agua donde se establecerán las limitaciones necesarias respecto al uso de los recursos hídricos de la isla para garantizar el equilibrio entre la extracción y la recarga de los acuíferos

g) Potenciar la regeneración y la reutilización de las aguas residuales depuradas, impulsando la colaboración pública con la gestión de las comunidades de regantes e incorporando sistemas de tratamiento adecuados para el efectivo cierre del ciclo del agua.

h) Prevenir el deterioro y proteger y mejorar el estado de los ecosistemas acuáticos y de las zonas húmedas.

i) Promover la difusión y la transparencia de toda la información técnica, económica y ambiental del ciclo integral del agua, y hacerla accesible a la ciudadanía.

j) Impulsar comunidades de usuarios de los acuíferos de Menorca para crear mecanismos de colaboración y participación en las iniciativas de gestión de los recursos hídricos.

k) Fomentar el aprovechamiento directo del agua de lluvia en la rehabilitación y la nueva construcción de edificios e instalaciones de titularidad pública y privada.

l) Asegurar la recuperación y el buen estado de las aguas costeras.

m) Garantizar la recuperación de costes en la gestión del ciclo integral del agua y aplicar el principio de "quien contamina, paga".

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 18-02-2023 en vigor desde 19-02-2023