Articulo 33 Creación de p... problemas

Articulo 33 Creación de pasarela digital única de acceso a información, procedimientos y servicios de asistencia y resolución de problemas

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Artículo 33. Protección de los datos personales

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El tratamiento de los datos personales por parte de las autoridades competentes en el marco del presente Reglamento por parte de las autoridades competentes cumplirá lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2016/679. El tratamiento de los datos personales por parte de la Comisión en el marco del presente Reglamento será conforme con el Reglamento (UE) 2018/1725.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 21-11-2018 en vigor desde 11-12-2018