Articulo 33 Coordinación de Policías Locales de Madrid
Artículo 33. Escalas y categorías
1. Los Cuerpos de policía local se estructurarán en las siguientes escalas y categorías:
a) Escala técnica, que comprende las categorías siguientes:
1.o Comisario o Comisaria General.
2.o Comisario o Comisaria Principal.
3.o Comisario o Comisaria.
Las categorías de Comisario o Comisaria General, Comisario o Comisaria Principal y Comisario o Comisaria se clasifican en el Subgrupo A1.
b) Escala ejecutiva, que comprende las categorías siguientes:
1.º Inspector o Inspectora.
2.º Subinspector o Subinspectora.
Las categorías de Inspector o Inspectora y Subinspector o Subinspectora se clasifican en el Subgrupo A-2.
c) Escala básica, que comprenden las siguientes categorías:
1.º Oficial.
2.º Policía.
Las categorías de Oficial y Policía se clasifican en el Subgrupo C-1.
2. El acceso para cada una de las escalas exigirá estar en posesión de la titulación requerida para los subgrupos correspondientes por la vigente legislación sobre Función pública.
- Artículo modificado por Ley 11/2022, de 21 de diciembre, de Medidas Urgentes para el Impulso de la Actividad Económica y la Modernización de la Administración de la Comunidad de Madrid
(BOCM de 22-12-2022) en vigor desde 23-12-2022