Articulo 32 Reglamento de la Administración Pública del Agua y de la Planificación Hidrológica, en desarrollo de los títulos II y III de la Ley de Aguas
El Presidente del Organismo de cuenca será nombrado y cesado por el Consejo de Ministros a propuesta del Ministro de Obras Públicas y Urbanismo (artículo 27 de la LA).
Modificaciones
Texto Original. Publicado el 31-08-1988 en vigor desde 31-08-1988