Articulo 32 Reglamento de...y de Aguas

Articulo 32 Reglamento de la Administración Pública del Agua y de la Planificación Hidrológica, en desarrollo de los títulos II y III de la Ley de Aguas

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Art. 32.

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El Presidente del Organismo de cuenca será nombrado y cesado por el Consejo de Ministros a propuesta del Ministro de Obras Públicas y Urbanismo (artículo 27 de la LA).

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 31-08-1988 en vigor desde 31-08-1988