Articulo 32 desarrolla la...007 -Cine-

Articulo 32 desarrolla la Ley 55/2007 -Cine-

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 32. La Comisión de Calificación.

Vigente

Tiempo de lectura: 2 min

Tiempo de lectura: 2 min


1. La Comisión de Calificación de Películas Cinematográficas es el órgano asesor de la Dirección General del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales encargado de emitir informes sobre la calificación por grupos de edad de las películas destinadas a su exhibición en salas cinematográficas y de las demás obras audiovisuales no sometidas a autorregulación, de acuerdo con lo establecido en el artículo 6.

2. Su composición será la siguiente:

a) Presidencia: Titular de la Dirección general del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales.

b) Vicepresidencia: Titular de una de las Subdirecciones generales del Instituto, por designación de la Presidencia.

c) Vocalías: diez personas nombradas por la Presidencia que, pertenecientes a distintos grupos sociales que reflejen la pluralidad de la sociedad española, estén vinculados al ámbito cinematográfico y audiovisual, al del consumo, al pedagógico, a la protección de la infancia y de la adolescencia, a la igualdad de género, a la atención a la discapacidad así como a la defensa del medio ambiente; y reúnan las debidas condiciones de aptitud e idoneidad para esta función. Para su designación podrán solicitarse propuestas a las distintas entidades representativas de los citados ámbitos.

d) Secretaría: La persona designada por la Presidencia, de entre el personal del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales.