Articulo 318 Reglamento d...del suelo

Articulo 318 Reglamento de la Ley 2/2016, del suelo

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Artículo 318. Proyecto de ocupación directa

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La ocupación directa exige la aprobación de un proyecto en el que se incluyan los siguientes documentos:

a) Memoria justificativa.

b) Indicación del polígono en el que se integrarán los aprovechamientos urbanísticos de las parcelas ocupadas.

c) Determinación de los aprovechamientos urbanísticos objeto del expediente, con indicación del cálculo realizado considerando el aprovechamiento tipo y la cesión municipal. Se expresarán los criterios utilizados, que no podrán ser contrarios a la ley ni al planeamiento.

d) Relación de propietarios e interesados afectados debidamente justificada mediante los títulos de propiedad correspondientes y los datos obrantes en los registros públicos.

e) Descripción de las parcelas afectadas, con el contenido exigido para la equidistribución en los números 3 y 4 del artículo 251.

f) Valoración de elementos o derechos existentes sobre las parcelas ocupadas.

g) Plano parcelario de información.

h) Planos de las parcelas afectas al proyecto.

i) Plano del polígono de destino de los aprovechamientos urbanísticos.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 09-11-2016 en vigor desde 09-12-2016