Articulo 31 Prevención y ...sanitarios

Articulo 31 Prevención y lucha contra plagas, el uso sostenible de productos fitosanitarios, la inspección de equipos para su aplicación y se crea el censo de equipos de aplicación de productos fitosanitarios

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 31. Ficha registral.

Vigente

Tiempo de lectura: 2 min

Tiempo de lectura: 2 min


1. Para cada operador se abrirá una ficha registral en función del ámbito territorial donde radique el domicilio social del solicitante, y se le asignará un número que permanecerá invariable en los sucesivos asientos registrales que se practiquen.

2. En la ficha registral constarán, como mínimo, los siguientes datos:

a) Número de registro, que estará formado por dos dígitos correspondientes al código de la comunidad autónoma, dos dígitos del código INE provincial, cinco dígitos del secuencial numérico y dos letras mayúsculas correspondientes a la identificación del sector.

b) Fecha de inscripción.

c) Nombre o razón social y número de identificación fiscal de la persona o entidad.

d) Datos del personal, instalaciones, equipos y establecimientos de la empresa.

e) Datos de contrataciones, titulaciones y carné, en su caso.

f) Tipo de medios de defensa fitosanitaria objeto de la actividad, en su caso.

g) Tipo de tratamientos fitosanitarios, en su caso.

h) Fecha de inicio y, en su caso, de cese de actividad.

3. En el Registro se podrán realizar las siguientes clases de asientos:

a) Inscripciones: Serán aquellos asientos que suponen el alta, cese o baja de una persona o entidad en la sección correspondiente con asignación del número que proceda.

b) Modificaciones: Serán las que hacen constar de modo sucesivo, hechos posteriores a la inscripción sin implicar un nuevo número. Estos hechos se anotarán si afectan o modifican los datos inscritos.

c) Cancelaciones: Serán aquellas que dejan sin efectos un asiento registral anterior.

d) Notas marginales: Serán las que tienen por objeto completar la información que obra en el Registro, sirviendo fundamentalmente para relacionar unos asientos con otros con el fin de coordinar las operaciones registrales.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 09-05-2016 en vigor desde 10-05-2016