Articulo 31 Museos

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Artículo 31. Sanciones y régimen aplicable.

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Las sanciones aplicables a las infracciones contempladas en la presente Ley, así como el régimen de responsabilidad, la competencia, el procedimiento y efectos de su imposición y la prescripción de infracciones y sanciones se regirán por lo dispuesto en el Título VI de la Ley de Patrimonio Cultural de Cantabria.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 28-11-2001 en vigor desde 29-11-2001